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Justicia chilena reconoce vulneración de derechos contra la periodista trans Sol Millakura

hace 1 día
3 min de lectura

El tribunal determinó que la respuesta tardía del Estado para reconocer su nombre social afectó su integridad psíquica. La sentencia ordenó una indemnización y la creación de un protocolo para todas las autoridades sanitarias regionales de Chile.


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La justicia chilena reconoció que Sol Millakura Hernández Márquez, periodista trans que trabajó en la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, sufrió una vulneración de sus derechos fundamentales debido a las deficiencias institucionales para reconocer oportunamente su nombre social y actualizar sus datos registrales.


El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió parcialmente la demanda de tutela laboral presentada por Sol en junio de 2025, después de su desvinculación de la dependencia sanitaria.


La resolución consideró acreditada una afectación a su integridad psíquica, provocada por la respuesta tardía e ineficiente de la institución ante el reconocimiento de su identidad.



Sol esperó más de nueve meses


De acuerdo con los antecedentes del proceso, Sol tuvo que esperar más de nueve meses desde su incorporación laboral para que su nombre social fuera reconocido.


El tribunal señaló que no existió un procedimiento rápido que permitiera utilizarlo inmediatamente en correos electrónicos, encuestas, citaciones y documentos internos que no necesitaban una modificación legal previa.


Incluso después de que Sol iniciara la rectificación de sus documentos en febrero de 2025, la actualización no se completó oportunamente en los diferentes sistemas institucionales. Esto provocó que su nombre anterior continuara apareciendo en comunicaciones automatizadas.

Para el juzgado, estas fallas no constituyeron un simple inconveniente administrativo, sino una respuesta institucional deficiente que terminó afectando su bienestar psicológico.



Indemnización y protocolo nacional


Como parte de las medidas de reparación, el tribunal condenó al Fisco chileno al pago de una indemnización superior a 14 millones de pesos chilenos a la parte demandante.


También ordenó al Ministerio de Salud elaborar, dentro de un plazo de 120 días desde que la sentencia quede firme, un protocolo obligatorio para todas las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud del país.


El documento deberá garantizar el uso inmediato del nombre social de las personas trabajadoras y establecer procedimientos y plazos específicos para actualizar el nombre y sexo registral en los sistemas institucionales.


La medida podría representar un cambio significativo para las personas trans que trabajan dentro del sistema público de salud, al impedir que el reconocimiento de su identidad dependa de procesos administrativos prolongados o poco claros.



La sentencia no reconoció todas las acusaciones


Boceto informativo de Ámame Trans MX sobre la sentencia que reconoció la vulneración de derechos contra la periodista trans Sol Millakura en Chile. Amame trans mx




Aunque el fallo acreditó la vulneración relacionada con el reconocimiento del nombre social y registral, rechazó otros puntos incluidos en la demanda.


El tribunal no consideró suficientemente demostradas las acusaciones de discriminación por identidad de género o condición de salud, acoso laboral, trato denigrante y terminación discriminatoria del vínculo laboral.


La representación y el entorno cercano de Sol expresaron inconformidad con esta parte de la resolución. Sostuvieron que la periodista no pudo presentar personalmente su testimonio ante el tribunal y que una parte fundamental de su experiencia no alcanzó a ser escuchada durante el juicio.


Sol murió por suicidio en noviembre de 2025, cinco meses después de presentar la acción judicial. Su fallecimiento generó manifestaciones, cuestionamientos públicos y llamados a investigar las condiciones laborales que había denunciado.



El Estado busca anular el fallo



El proceso todavía no está completamente cerrado. El Consejo de Defensa del Estado presentó un recurso de nulidad para intentar dejar sin efecto la sentencia.


La acción provocó críticas de organizaciones defensoras de los derechos de las diversidades sexuales y de personas cercanas a Sol, quienes consideran que la reparación ordenada representa un reconocimiento necesario de la violencia institucional que enfrentó.


Mientras se resuelve el recurso, el caso de Sol Millakura permanece como un recordatorio de que respetar el nombre y la identidad de una persona trans no es una cortesía: es una obligación institucional relacionada directamente con su dignidad y sus derechos fundamentales.

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